Llamamiento de CEAS-Sahara ante la Cumbre Unión Africana – Unión Europea ante la cumbre del 29 y 30 de noviembre en la capital de Costa de Marfil, Abiyán
- al Presidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani,
- al Presidente del Consejo de la Unión Europea, Jüri Ratas,
- al Presidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker, y
- a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y vicepresidente de la Comisión Europea, Federica Mogherini.
Desde CEAS-Sáhara, la Coordinadora Estatal de Asociaciones Solidarias con el Sáhara, entendemos que la próxima Cumbre entre la Unión Africana y la Unión Europea constituye un hito fundamental en la defensa y reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD), y los derechos del Pueblo Saharaui: su derecho inalienable, permanente e incondicional a la libre determinación y su derecho a la soberanía permanente sobre sus riquezas y recursos naturales.
La citada cumbre, representa una INMEJORABLE OPORTUNIDAD para que la Unión Europea abandone todo intento de neocolonialismo y reconozca, de igual a igual, al continente africano, y a todos sus estados miembros, incluida la República Saharaui, miembro fundador de la Unión Africana, y cuya participación en la citada cumbre está avalada por el Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores de la Unión Africana.
Frente a los intentos y malas artes de Marruecos para presionar a países europeos con el fin de excluir a la RASD de la Cumbre, la Unión Europea debe RESPETAR Y HACER CUMPLIR la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala, 21 de diciembre de 2016. Asunto C-104/16 P): “Habida cuenta del estatuto separado y distinto reconocido al territorio del Sáhara Occidental en virtud de la Carta de Naciones Unidas y del principio de autodeterminación de los pueblos”.
Así lo han asumido, en respuesta a preguntas parlamentarias, tanto el Gobierno de España, que reconocía el contenido de la sentencia, como la propia Comisión Europea, que aclaraba que la Declaración de la Cumbre de Marrakech se aplicará “teniendo en cuenta debidamente la condición jurídica distinta y separada del territorio del Sáhara Occidental con arreglo al Derecho internacional”[1].
Por todo ello, EXIGIMOS a la Unión Europea que en esta Cumbre, y en todas sus relaciones con Marruecos:
- Asegure y vele por el cumplimiento íntegro de la Sentencia, en especial, el párrafo 106, relativo al CONSENTIMIENTO del Pueblo del Sáhara Occidental: “…en el caso de autos, la Sentencia recurrida no muestra que el pueblo del Sáhara Occidental haya manifestado su consentimiento”.
- Habilite todas las medidas necesarias para evitar acto u omisión alguno que contribuya al expolio, explotación, destrucción y/o agotamiento de las riquezas y recursos naturales saharauis, incluidas sus tierras y las aguas, o pongan en peligro su supervivencia.
- Habilite todas las medidas necesarias para evitar cualquier intento de mantener o concertar negocio, acuerdo o acción alguna que directa o indirectamente suponga reconocer, o pueda interpretarse como el reconocimiento, de la soberanía marroquí sobre el territorio del Sahara Occidental.
- En definitiva, habilite todas las medidas necesarias para evitar toda actividad económica o de otro tipo que afecte negativamente a los intereses del Pueblo Saharaui, y velar por el derecho inalienable, permanente e incondicional del Pueblo Saharaui a la libre determinación y su derecho a la soberanía permanente sobre sus riquezas y recursos naturales.
[1] El Sahara Occidental fue reconocido por la Asamblea General de la ONU desde diciembre de 1963 como un territorio no autónomo al cual, por lo tanto, se aplica la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y por otra parte, es el único territorio no autónomo que no tiene, desde febrero de 1976, una Potencia Administradora reconocida internacionalmente que informe sobre su situación, sometido, además, a una ocupación extranjera.